Comparecen las representantes judiciales de ambas partes, a los fines de solicitar la Homologación del acto de autocomposición procesal presentado por ante esta Instancia, en la que la parte demandada manifiesta la voluntad de cancelar el monto restante de lo adeudado a los actores que asciende a la cantidad de Treinta y siete mil bolívares (Bs. 37.000,00), pagaderos en cuatro cuota cada una por un monto de nueve mil doscientos cincuenta bolívares (Bs. 9.250,00), cancelando la demandada en este acto el monto correspondiente a la segunda y tercera cuota que asciende a la cantidad de Dieciocho mil quinientos bolívares (Bs. 18.500, 00), en dinero en efectivo, los cuales recibe conforme la co-apoderada judicial de la parte actora Abogado Esnervi Rosales, antes identificada, plenamente facultada para ello, quedando pendiente la cantidad de nueve mil doscientos cincuenta bolívares (Bs. 9.250,00), los cuales serán cancelados el día 30 de Junio de 2010. Dado que la primera cuota fue cancelad.....