Por los anteriores razonamientos este Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la acción de Desocupación de Inmueble, intentada por la Ciudadana Carmen Angarita de Blanco, a través de su apoderado judicial, Abogado Luis Javier Barazarte Sanoja, contra la Ciudadana Carmen Alicia Bolaño Molina de Yusti; sobre un inmueble destinado a vivienda, ubicado en la carrera 11entre calles 6 y 7 N° 6-10 Barrio Maturín de esta ciudad de Guanare Estado Portuguesa; en consecuencia se ordena la entrega material del bien inmueble objeto del presente juicio libre de personas y objetos.
Se condena en costas a la parte demandada por haber resultado totalmente vencida en el presente juicio.
Por cuanto la presente sentencia se encontraba paralizada y se dictó fuera del lapso se ordena la notificación de las partes me.....