D I S P O S I T I V A.
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, ORDENA LA INSERCION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO, del ciudadano: LUÍS RAFAEL MARÍN, ya identificado, quedando establecido que el mismo nació el día veintisiete de Abril del año mil novecientos cuarenta y siete (27-04-1947), en el Caserío la Vega del Manzano, Jurisdicción del Municipio Ospino, hijo natural de la ciudadana Romelia Marín (difunta).
De conformidad con los Artículos 503 del Código Civil y 774 del Código de Procedimiento Civil, remítase las copias certificadas.- Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.-
Dada, sellada y firmada en la Sala del JUZGADO DEL MUNICIPIO OSPINO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA DEL ESTADO PORTUGUESA.- En Ospino a los ocho .....