Es por lo anteriormente expuesto, que este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, en el procedimiento iniciado por demanda de divorcio intentada por VÍCTOR MANUEL CANOZO QUIARA ya identificado, contra ELMELINDA MONTILLA también identificada, IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN al desistimiento de la demanda por el actor y al desistimiento de la reconvención por la demandada y declara terminado el procedimiento.