En atención a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Juicio Mixto N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, por Decisión Unánime de sus integrantes CONDENA al acusado JOSE LUIS RODRÍGUEZ, ya identificado, a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el Artículo 259 en su primer aparte, en concordancia con el Artículo 260 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, perpetrado en perjuicio de la adolescente DEIRIMAR JOSE GONZALEZ VALERA, más las accesorias de ley previstas en el Artículo 16 del Código Penal, a saber: 1º La inhabilitación política durante el tiempo de la condena; y 2º La sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, terminada ésta.