DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, NIEGA LA AUTORIZACIÓN DE TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO, como fórmula alternativa de cumplimiento de pena, al ciudadano JHIAN DAVID MIJARES, arriba identificado, de conformidad con lo previsto en el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal.
Diarícese, notifíquese a las partes y líbrese boleta de traslado a nombre del penado de autos a los fines de la imposición. CUMPLASE.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN N°1 (TEMP.)
ABG. YUCIRALAY VERA LEAL
LA SECRETARIA,
ABG. MARITZA SANDOVAL