DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente. Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda imponer al adolescente: (Identidad Omitida), por imputársele la presunta comisión de uno de los delitos Contra Las Personas, específicamente el delito de Homicidio Intencional Calificado con Alevosía y Motivo Fútiles, previsto en el artículo 406 ordinal 1ro del Código Penal Vigente, cometido en perjuicio de quien en vida respondía al nombre de WILLIAN MONTILLA, las Medidas Cautelares previstas en el artículo 582, literales "C" y "G" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, las cuales consisten en:
C.- La obligación que tiene el adolescente de presentarse cada Ocho (8) días por ante este Tribunal.
G.-La obligación que tiene el adolescente de prestar Fianza constituida por dos fiadores.....