Por las razones que anteceden, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Funciones de Control N° 1 Sección Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, 1.- Decreta el Sobreseimiento Definitivo a favor del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad a lo establecido en el Artículo 568 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. 2.- Se ordenara: la remisión de la presente Causa signada con el Nº 2C-523-10 al Archivo Judicial, una vez cumplido el lapso legal correspondiente. Quedan notificadas las partes de la decisión dictada la motiva constara por auto separado. . Quedan las partes notificadas en este acto de la presente decisión.
En la ciudad de Guanare, a los ocho (08) días del mes de Octubre del año Dos Mil Diez.
La Juez de Control N° 2,
Abg. Zoraida Graterol de Urbina
La Secretaria,
Abg. Rosa Marycel Acosta