´ Por las razones expuestas este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TUREN, SANTA ROSALÍA Y ESTELLER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, NIEGA, lo solicitado, mediante el escrito presentado, por la ciudadana: LIGIA ELENA ACOSTA, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V.-9.843.611, debidamente asistida en este acto por las ciudadanas: GLADYS MIREYA GONZALEZ MEJIAS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-6.436.665, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 212.475, número de teléfono 0414-5680272, correo electrónico: gladysmejias34@gmail.com, y MARIA MARGINA HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V.-11.051.106, inscrito en el Inpreabogado, número de teléfono 0416-0508176, correo electrónic.....