Por las razones antes expuestas este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SE HOMOLOGA con carácter de cosa juzgada la transacción laboral celebrada entre el demandante FIDELINO ROA SUAREZ, titular de la cedula de identidad Nº 8.990.280 y la empresa demandada RAFRED TRUCK PARTS, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción judicial del estado Portuguesa en fecha 04-11-2.002, bajo el Nº 80, Tomo 126-A.
Publicada en el Juzgado Primero de Juicio del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial de estado Portuguesa, con sede en Acarigua del estado Portuguesa, a los ocho (08) días del mes de Noviembre del año dos mil diez (2010).
Años: 200° de la Independencia y 151 º de la Federación.
Publíquese, regístrese y déjese copia certifica.....