Por razonamientos precedentemente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA Y DEL MUNICIPIO JUAN VICENTE CAMPO ELÍAS DEL ESTADO TRUJILLO, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la INHIBICIÓN formulada en la presente causa por el abogado YOAN JOSÉ SALAS RICO, venezolano mayor de edad titular de la cédula de identidad Nº V- 17.375.817, en su carácter de Juez Accidental Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del estado Trujillo, mediante acta de inhibición de fecha 24-10-2018 en el expediente 00153-A-15 y 00010-A-12 acumulado 00016-A-12, por motivo de Partición de Bienes Hereditarios y Simulación de Ventas, respectivamente, siendo apoderado juridicial de la parte demandada el profesional del derecho Manuel Ricardo Martínez Riera, Inscrito en el Instituto de Previsión.....