En virtud de los fundamentos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 25 de junio de 2019, por el abogado José Luís Rodríguez Macías en su carácter de apoderado de la parte actora en contra de la decisión dictada por el Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en fecha 20 de junio de 2019.
SEGUNDO: NULA la decisión dictada por el Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa en fecha 20 de junio de 2019, por carecer de competencia para conocer y decidir la causa de prescripción adquisitiva.
TERCERO: Se remite el presen.....