-VII-
DISPOSITIVA
Por las razones expuestas que fundamentan el argumento construido que apuntala la procedencia de la reposición, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los pronunciamientos siguientes:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 01 de agosto de 2024, por el abogado Francisco Miguel Baptista, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Luís Francisco Schwab Hernández, parte demandada, contra el auto dictado en fecha 22 de julio de 2024, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, mediante el cual declaró improcedente su solicitud de reposición de la causa al estado de que el Juez Superior en lo Civil, la notificación (sic) ciert.....