DISPOSITIVA:
En atención a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Juicio N° 02, constituido en Tribunal Unipersonal, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en Nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley ABSUELVE a los ciudadanos EDUWIN LARA GUARATE y LUIS ALI VERGARA MEDINA, plenamente identificados, en cuanto a la participación y consecuente responsabilidad penal de los mismos en la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Artículo 460 del Código Penal, perpetrado en perjuicio del ciudadano JOSE AGUSTIN INOJOSA OLIVERA, en virtud de no haberse demostrado la comisión del delito atribuido, aunada a la solicitud fiscal de Sentencia Absolutoria.
Se condena en costas al Estado Venezolano, de acuerdo a lo previsto en los Artículos 265 y 268 del Código Orgánico Procesal Penal.
Se hace cesar la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad que les fuera decretada en su oportunidad, y en consecu.....