III
DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal del Municipio Araure, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de
la Ley, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA.- En consecuencia, se da por terminada la presente causa signada bajo el N°. 3.491-04, interpuesta por el ciudadano JAIME ESTEVES FERNANDEZ, asistido por la Abogada ARELIS ZORRILLA F., en contra de la ciudadana ROSARIO FONTALVO, ambas partes ya identificadas, por DESALOJO; y una vez firme, SE ORDENA el archivo del Expediente y posteriormente su remisión a los Archivos Judiciales.
Publíquese, regístrese y déjese copia correspondiente.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del
Estado Portuguesa, a los Ocho (08) días del mes de Diciembre del año Dos m.....