DISPOSITIVA:
Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR el desistimiento del procedimiento, efectuado por el Profesional del Derecho ciudadano: SERVANDO JAVIER VARGAS ACOSTA, actuando en su propio nombre y representación, en la pretensión PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE BIENES DE LA COMUNIDAD DE GANANCIALES, contra la ciudadana: SIMARA DAMELLYS LÓPEZ AGUILAR, todos plenamente identificados; en consecuencia, conforme a los artículos 264 y 265 del Código de Procedimiento Civil, imparte su homologación y le da autoridad de cosa juzgada.
Se ordena el DESGLOSE DE LOS DOCUMENTOS CERTIFICADOS que se encuentran insertos en los folios 09 al 31 (ambos inclusive) del presente expediente y déjese en su lugar copia fotostática certificada del mismo, .....