PRIMERO: Se declara JUDICIALMENTE RECONOCIDO en su contenido y firma el documento privado de compra venta que se acompañó como documento fundamental de la presente acción, el cual se encuentra agregado al folio cinco (5) del presente expediente.
SEGUNDO: Se ordena que una vez quede firme la presente decisión se le estampe por Secretaría la correspondiente nota de reconocimiento al reverso del documento privado anteriormente señalado y se haga posteriormente entrega del mismo a la parte accionante a los fines de que haga valer los efectos legales que de él se derivan, dejándose en su lugar copia fotostática certificada, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare de.....