En atención a los fundamentos señalados, este Juzgado en Función de Ejecución N° 1 del Circuito Judicial penal del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta la ejecución de la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia de este Circuito Judicial Penal, en función de Juicio N° 2 seguido a los ciudadanos CÓLMENAREZ JOSÉ REMIGIO antes identificado por la comisión del delito de Tráfico de Sustancias, Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre sustancias, estupefacientes y psicotrópicas, vigente para la fecha de comisión del hecho, en perjuicio del Estado Venezolano.
La Juez de Ejecución No. 1
Abg. Carmen Zoraida Vargas López
La Secretaria Temporal,
Abog. Yacellys Valera
Seguidamente se cumplió. Conste.
La Secretaria
CZVL/rr
CAUSA 1E-901-05