DISPOSITIVA
Por los anteriores razonamientos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:1) PROCEDENTE la medida preventiva de embargo sobre bienes muebles solicitada por la parte abogada actora Fátima Berrios Montilla, en contra de la ciudadana Pragedes del Carmen González Moreno, hasta por la cantidad de VEINTICUATRO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 24.000.000,00) o VEINTICUATRO MIL BOLIVARES FUERTES (Bf. 24.000,00).
Aperturese cuaderno separado de medidas.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. Guanare, a los nueve días del mes de enero del año dos mil nueve (09/01/2.009). Años 19.....