DISPOSITIVA
Por las razones expuestas este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Funciones de Control N° 1, Sección Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide en los siguientes términos:
PRIMERO: Vista la Admisión de los Hechos, de conformidad al Artículo 583 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; se Condena: al Adolescente: (IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY) al cumplimiento de las Sanciones de Reglas de Conducta y Libertad Asistida, ambas previstas en los Artículos: 624 y 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes, en consecuencia se le Impone: las Sanciones de: A.- Reglas de Conducta, consistente en: 1.- La Obligación del Adolescente: (IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY) de Estudiar, consignando ante el Tribunal la Constancia de Estudios y de Notas Correspondiste. Así como la 2.- La Obliga.....