DISPOSITIVA
Por las motivaciones señaladas, este Juzgado en Función de Ejecución N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: Reforma el cómputo de pena impuesta al penado GUSTAVO JAVIER PÉREZ FALCÓN, cédula N° 15.666.985; se ordena el traslado hasta la sede de este Tribunal a los fines de ser notificado de la presente decisión, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 471 y 474 del Código Orgánico Procesal Penal .
Regístrese, notifíquese a las partes, déjese copia, ofíciese lo conducente al Consejo Nacional Electoral a los fines de informarle sobre la inhabilitación política. Remítase copia certificada de la Sentencia y del presente Auto Ejecutorio al Centro Penitenciario de Los Llanos, al Director de Prisiones Oficina de Antecedentes Penales, Dirección de Custodia y Rehabilitación del Recluso y Departamento .....