Por cuanto no ha habido oposición de terceros y en virtud de lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Turén, Santa Rosalía y Esteller del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara estas diligencias suficientes para asegurarle al ciudadano JOEL ALBERTO GUARECUCO PÉREZ, ya identificado, el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras y bienhechurías, quedando a salvo los derechos de terceros. Se hace constar que presentaron: Constancia de adjudicación emanada de la Sindicatura Municipal Esteller, del Estado Portuguesa, Plano Castatral y Cédula Catastral emanado de la Alcaldía del Municipio Esteller del Estado Portuguesa, Documento Origunal de Venta de Terreno debidamente Notariado, Constancia de Residencia y Ocupación emanada del Con.....