IV
DECISION:
Por las razones que anteceden, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR, la Demanda de Divorcio intentada por la ciudadana: MIRLA COROMOTO MANZANILLA QUINTERO, ya identificada, y en consecuencia, disuelto el vinculo matrimonial, que contrajo con el ciudadano ANTONIO RAMON QUINTERO GRATEROL,, ya identificado, el día Dos (02) de Diciembre de 1993, por ante la Oficina del Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Portuguesa, como se evidencia del Acta de Matrimonio Nº 84, que en copia certificada fue traída a los autos, marcada con letra "A", de conformidad con lo establecido en el artículo 185del Código Civil y la Sentencia 446/14 Dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia res.....