Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción interpuesta por el ciudadano CRISTO JOSE GARCIA TORREALBA, titular de la cédula de identidad Nº 4.946.838., contra la sociedad mercantil ALFARERIA ARAURE C.A., por motivo de cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos en virtud de las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE el despido injustificado alegado por la parte actora.
TERCERO: Se ordena a la sociedad mercantil ALFARERIA ARAURE C.A., a cancelar al ciudadano CRISTO JOSE GARCIA TORREALBA, titular de la cédula de identidad Nº 4.946.838., la cantidad de SEIS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y DOS BOLÍVARES CON TREINTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs. 6.542,35).
CUARTO: Se condena al pago de los intereses de mora, .....