D E C I S I O N:
Es por estos razonamientos que este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos: SONIA CORTEZA SOSA DE CASTILLO y JOSE FREDDY CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-8.658.170 y V-9.840.926, de este domicilio; debidamente asistidos en este acto por la Abogada en ejercicio YADIRA DEL CARMEN VALERA PEREZ, inscrita en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el número 221.814. Y en consecuencia DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los ciudadanos, SONIA CORTEZA SOSA DE CASTILLO y JOSE FREDDY CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-8.658.170 y V-9.840.926, respectivamente, por ante el Registro Civil del Municip.....