...este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, SE DECLARA INCOMPETENTE por la materia para conocer de la presente demanda y DECLINA LA COMPETENCIA, en el Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de este Segundo Circuito y de esta misma Circunscripción Judicial, al que se ordena remitir en la oportunidad legal las presentes actuaciones.