´PRIMERO: se IMPARTE HOMOLOGACIÓN al CONVENIMIENTO realizado por el ciudadano MIGUEL SEGUNDO YEDRA VASQUEZ, titular de la cedula de identidad N° V-9.563.078, asistido de abogada, con relación a la demanda de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA interpuesta por la ciudadana JOHANA ALEXANDRA YEDRA PERAZA, titular de la Cédula Identidad N° V-17.278.921.
SEGUNDO: De conformidad con lo previsto en el artículo 444 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo dispuesto en los artículos 1.363 y 1.364 del Código Civil, queda RECONOCIDO de manera expresa y voluntaria el contenido y la firma del documento de venta privado, donde le fue entregado a la demandante en venta pura y simple, perfecta e irrevocable un inmueble objeto de la demanda.´