DISPOSITIVA.
Por razones antes expuestas, este  Tribunal Superior Primero del Circuito del  Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en  nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por  Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR: la apelación formulada en fecha  20 de Abril  del año 2005, por el Ciudadano José Yépez Rivas,  en su carácter de parte demandante, asistido por el Abogado Miguel Hernández,  contra el auto de fecha 13 de Abril del año 2005, dictado por el  Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Portuguesa, sede Guanare, que DECLARO QUE LA NOTIFICACION,  se práctico conforme a lo ordenado, en el domicilio procesal que señalo el demandante en el libelo de demandada. 
SEGUNDO: CONFIRMA: el auto de fecha 13 de Abril del año 2005, dictado por el  Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Ju.....