Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA; PRIMERO: Con Lugar el recurso de apelación interpuesto por el Abogado EDGAR ROSENDO MORILLO, se anula la sentencia recurrida, en relación al imputado ANGEL RAMON ROJAS ORELLANA, en consecuencia ordena la celebración de un nuevo juicio oral y publico ante otro juez distinto del que dicto la decisión recurrida del mismo Circuito Judicial Penal. SEGUNDO: En relación a la sentencia absolutoria dictada a favor de la imputada MIRIAM DEL CARMEN GODOY DELGADO, esta Corte de Apelaciones no se pronuncia, por cuanto el representante del Ministerio Publico no ejerció el recurso de apelación correspondiente, en consecuencia, quedo firme la decisión dictada a su favor. TERCERO: Así mismo, en cuanto a la solicitud de la medida Cautelar sustitutiva menos.....