Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, actuando en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
IMPROCEDENTE el Recurso de Amparo Constitucional interpuesto en fecha 29 de marzo de 2006 por el ciudadano GERMÁN COLMENÁREZ HERNÁNDEZ, asistido por la abogada Mary Yolanda Monsalve Peñaloza, en contra de la sentencia dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa en fecha 01 de diciembre de 2005.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.