El padre ha convenido de mutuo acuerdo establecer en beneficio de su hijo que lleva por nombres y apellidos (identificación omitida por disposición de la Ley) , la cantidad de CUATROCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 400,00), los cuales entregará de la siguiente forma: PRIMERO: El padre depositará en la cuenta corriente del Banco Provincial de la madre, la cantidad de de CUATROCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 400,00) los días quince (15) de cada mes. SEGUNDO: En el mes de agosto, el padre se compromete a adquirir los uniformes escolares, la madre adquirirá los útiles escolares. TERCERO: En el mes de diciembre, el padre se compromete a adquirir vestido y presente navideño, para el 24 de diciembre y la madre adquirirá vestido para el 31 de diciembre. CUARTO: Se comprometen ambos padres a cubrir los gastos de medicinas, atención médica, recreación y otros, en un cincuenta por ciento (50%) cada uno de ellos. Ahora bien, como quiera que dicho convenimiento no vulnera los derechos del niño arriba identificado, es.....