En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 01/03/2017, por los abogados Jesús Oropeza Suárez y Marielys Espinoza, apoderados de la parte demandada, ciudadana CAROLINA MERCEDES GUEVARA CASTILLO en contra la decisión de fecha 22 de febrero de 2017, dictada por el Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Agua Blanca y San Rafael de Onoto del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
SEGUNDO: INADMISIBLE la acción que por nulidad de contrato de compra venta interpusieron los ciudadanos: Roberto Alfredo Angulo, Alirio José Angulo y Carlos Enrique Angulo español, contra la ciudadana: Carolina Mercedes Guevara C.....