Ahora bien, en el convenimiento presentado ante este tribunal ambas partes han convenido realizar la transacción del inmueble objeto del litigio la ciudadana JONATHAN JOSE NIETO TOVAR, Venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-9.841.821, exclusivo propietario del inmueble, Cede a la ciudadana LUISA COROMOTO PIETRI GARCIA, Venezolana mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-3.869.716, sobre un inmueble casa destinado a vivienda familiar, ubicado en calle 7 de la ciudad de Acarigua, del Municipio Paez, Estado Portuguesa con una superficie de aproximada de MIL OCHOSIENTOS CINCUENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (1856,00 M2), cuyos linderos son los siguientes: Norte: Casa y Solar de víctor Montezuma Segundo Carmona y Emisael Rodríguez; Sur: casas y solares de Zoila gualdron de Polanco y Sucesores de Melitón colmenarez; Este: Solares de casa de Sucesores de Melitón colmenarez, Carlos Vespar, Tomas Fernandez y Emisael Rodriguez; y Oeste: calle 7. Dicho terreno .....