Por las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, en causa iniciada por demanda de cobro de bolívares por el procedimiento monitorio, intentada por CARLOS ARTURO FUERTES RODRÍGUEZ contra MERVIC DEL CARMEN PÉREZ y "CONSTRUCCIONES Y MANTENIMIENTOS SALAS FELICE SALFECA, C.A.", todos ya identificados, se NIEGA la solicitud de paralización de la causa y que se aclare quien es el representante de la codemandada "CONSTRUCCIONES Y MANTENIMIENTOS SALAS FELICE SALFECA, C.A.".