Este Tribunal Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Portuguesa, con sede Guanare, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE, in limine litis, la recusación interpuesta por el ciudadano JUAN ERNESTO RODRÍGUEZ MAPO, asistido por su representante judicial Abogado LUIS JAVIER BARAZARTE SANOJA, en contra de esta Juzgadora FRANCILENY ALEXANDRA BLANCO BARRIOS, actuando en su condición de Jueza Provisoria del Tribunal Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, mediante escrito de fecha 02 de julio de 2019.Y Así se Decide.
SEGUNDO: Dado el carácter temerario de la presente recusación, SE CONDENA, al proponente al pago de una MULTA equivalente a SESENTA (60) Unidades Tributarias (U.T.), en el lapso de tres (3) días hábiles siguientes a la publicación de la presente decisi.....