´Con base en los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: IMPARTE HOMOLOGACIÓN a la TRANSACCIÓN JUDICIAL realizada por la abogada MONICA DEL CARMEN LÓPEZ, actuando en nombre y representación de la Sociedad Mercantil ALIMENTOS ALVARIGUA, C.A., parte demandante, y la ciudadana LEYDI MARYELIN MARTIN TOVAR, actuando en su condición de Vice-presidente de la Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA KKC C.A., parte demandada, debidamente asistida por la abogada MARÍA BELÉN GUGLIELMO BENAVIDES, en el mismo orden.´