En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Con lugar la apelación formulada por la parte actora en el presente juicio de cumplimiento de contrato de arrendamiento, seguido por el Abogado JADALLA CHARANI F., contra el ciudadano LIU JIONG , ambos identificados.
En consecuencia, se declara la nulidad de los actos subsiguientes a la contestación de la demanda hasta el presente fallo, exclusive, y se repone la causa al estado que se apertura el lapso probatorio y, previa la notificación de las partes.
Queda revocada la sentencia interlocutoria de fecha 25-05-2006, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de este Primer Circuito Judicial.
No hay conde.....