Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE el Amparo Constitucional interpuesto por el ciudadano Moisés Aníbal Díaz Urbina, asistido de abogada, mediante escrito presentado en fecha 10 de enero de 2014, contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa en fecha 10 de julio de 2013.
SEGUNDO: CESA la medida cautelar decretada por este Juzgado, mediante auto de fecha 18/07/2014, que suspendió la ejecución de la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mer.....