En fuerza de las anteriores motivaciones este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en función de juicio No. 3 en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, actuando como tribunal Mixto por unanimidad condena al acusado: JOSE LUIS HERRERA venezolano, mayor de edad, natural de Guanare, Estado Portuguesa, nacido en fecha 06-08-1974, de 33 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.770.622, soltero, obrero y residenciado en el Barrio La Peñita, Calle 21, Casa N° 24-77, Guanare Estado Portuguesa, por la comisión del delito de Distribución Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en cantidades menores, previsto y sancionado en el tercer aparte del artículo 31 de Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Salud Pública a cumplir la pena de cuatro (4) años de prisión, ordenando mantener su reclusión e.....