DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa en Funciones de Control Nº 2. Sección Adolescentes. Extensión Acarigua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta PRIMERO: La solicitud de REMISION, conforme al artículo 569 literal "c" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, terminándose el procedimiento respecto al adolescente y en consecuencia se acuerda el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, la cual se le sigue al Adolescente JORGE LUIS PEREZ, ya identificado, por la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA EL ORDEN PUBLICO, específicamente RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto en el articulo 218 numeral 1 del Código Penal y DETENTACION ILICITA DE CARTUCHO PARA ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 277 del Código Penal con relación al Articulo 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, en pe.....