Con fuerza en la motivación anterior esta Corte de Apelaciones con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Centro Occidental con sede en Barquisimeto, estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, actuando a tenor de lo pautado en el artículo 437 y 450 ambos del Código Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano abogado JOSÉ GREGORIO HENRIQUEZ, actuando en su carácter de Defensor Público Auxiliar Sexto del ciudadano HENRY SAÚL JIMÉNEZ, titular de la cédula de identidad número [...], en contra de la decisión dictada en fecha 23 de septiembre de 2016 por el Juzgado Tercero en Funciones de Control Estadal y Municipal, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, la cual decretó la medida de privación judicial preventiva de libertad, por la presunta comisión de los delitos de ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previs.....