DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se Admite parcialmente la Acusación interpuesta por la Fiscal del Ministerio Público por llenar los requisitos del artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal en contra del ciudadano ANGEL JULIO PEROZO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 10.138.288, residenciado en la calle 40 N° 32-32 barrio Bella Vista II, Acarigua, Estado Portuguesa, y actualmente cumpliendo pena en el Centro Penitenciario de los llanos, por el delito de delito Robo Agravado en grado de complicidad, previsto y sancionado en el artículo 460 en concordancia con el ordinal 1° del artículo 84 ambos del Código Penal.
SEGUNDO: Se decreta el sobreseimiento de la causa en lo que respecta al delito d.....