DISPOSITIVA.
por todas las razones antes expuestas, este Tribunal De Control Nº 1 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente. Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, acuerda la continuación de la investigación bajo los parámetros del procedimiento ordinario en la presente causa seguida al adolescente imputado: IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, ya que se le imputa la presunta comisión del delito de COMPLICIDAD NO NECESARIA, prevista en el articulo 84 ordinal primero, del Código Penal. EN LOS DELITOS DE HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSIA Y POR MOTIVOS FUTILE E IMNOBLES EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto en el artículo 406 numeral primero y segundo, en concordancia con el 80 primer aparte del código penal, ABUSO SEXUAL A NIÑA, previsto y sancionado en el articulo 259 de la ley orgánica del niño niña y adolescente, TRATO CRUEL previsto y sancionado en el articulo 254 de la ley o.....