DISPOSITIVA
Por las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente explanadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado DAVID ANTONIO AVANCINE CORDERO, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana LOURDES DEL CARMEN ARANA, contra de la decisión dictada en fecha 26 de Septiembre de 2013, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal, Extensión Acarigua. SEGUNDO: Se REVOCA la decisión impugnada. TERCERO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se ORDENA LA ENTREGA MATERIAL del vehículo CLASE: REMOLQUE, TIPO: GRANEL, USO: CARGA, PLACAS: A90AI7E, MARCA FABRICACIÓN NACIONAL, MODELO: DITE/MOTORCA, AÑO: 1978, MODELO: 1978. COLOR: AMARIL.....