DISPOSITIVA.
Por la razones antes expuestas, este Tribunal de Control Nº 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Condena, PREVIA ADMISION DE LOS HECHOS y de conformidad con lo establecido en el artículo 583 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a el adolescente: IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, por la comisión de uno de los delitos CONTRA EL ORDEN PUBLICO, específicamente por el delito de DE USO DE FASCIMIL DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 114 en relación con el articulo 3 numeral 2 de la ley para el desarme y control de arma y municiones, cometido en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, a cumplir la sanción definitiva de:
.- AMONESTACION de conformidad con el artículo 623 de la Ley Orgánica para .....