DISPOSITIVA.
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Control Nº 2 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente. Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA de la adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, ampliamente identificada en autos, por lo que se ordena su libertad inmediata y para la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, igualmente identificada en autos, el tribunal acuerda la imposición de la MEDIDA CAUTELAR, prevista en el artículo 582 literal "C" de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, la práctica del Examen Toxicológico para ambas adolescentes y finalmente se ordena la remisión de las presentes actuaciones a la Fiscalía Quinta del Ministerio Público una vez vencido el lapso de ley, a los fines de que prosiga con la investigación.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencia del Tribunal de Control N° 02 del Sistema Penal de Resp.....