Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución Nº 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al ciudadano ELI SAMIR RUIZ VILLEGAS, venezolano, soltero, natural de Guanare Estado Portuguesa, nacido en fecha 26 de mayo de 1977, de estado civil soltero, oficio obrero, titular de la cédula de identidad Nº V-12.647.761, residenciado en la Urbanización Francisco de Miranda, calle 02, casa N° 06, Guanare Estado Portuguesa, por la comisión del delito de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS (en cantidades menores), previsto y sancionado en el tercer aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Orden Publico, y así se decide.