´Por las razones y consideraciones expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de Rectificación del Acta de Nacimiento de la ciudadana YULIANNY VALENTINA ALVAREZ MENDOZA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, asentada en el Libro de Nacimiento llevado por el Registro Civil Hospitalario del Municipio Araure del Estado Portuguesa, bajo el Nº 171, todo de conformidad con el artículo 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil.
En consecuencia, este Tribunal ordena se realice la corrección de la referida Acta de Nacimiento Nº 171, en el sentido de que se inserte correctamente lo siguiente:
Primero: Donde dice la fecha 30 de Mayo del 2008, debe decir, 30 de Septiembre del año 2005. Quedando así.....