Por los razonamientos expuestos, esta Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
PRIMERO: Con fundamento en el artículo 191 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 198 ejusdem, DECLARA S I N L U G A R LA SOLICITUD DE DECLARATORIA DE NULIDAD ABSOLUTA DE LA SENTENCIA de Primera Instancia dictada en fecha 18 de Julio de 2006, por el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio No. 3 de este mismo Circuito Judicial Penal, mediante la cual se declara a IVÁN JOSÉ COLMENARES BETANCOURT culpable de la comisión del delito de INJURIA GRAVE en perjuicio de ANTONIA ELENA MUÑOZ ESPINOZA, y decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA por prescripción de la acción penal, solicitud que fue planteada por el Abg. Manuel Ricardo Martínez Riera, obrando como Defensor Técnico de .....