D I S P O S I T I V A
Por todas las razones de hecho y de derecho éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio con Competencia en Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda de CUSTODIA intentada por el ciudadano OSCAR ENRIQUE RODRIGUEZ MARTINEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 19.903.359, actuando en representación de su hijo se omite actualmente de cinco (05) años de edad, en contra de la ciudadana MARIA ANGELICA ALEJOS MUÑOZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 21.562.376, todos identificados en autos. En consecuencia se DECRETA que la CUSTODIA del niño DYLAN ALEXANDER RODRIGUEZ ALEJOS, en lo adelante debe ser ejercida por su padre ciudadano OSCAR ENRIQUE RODRIGUEZ MARTINEZ, residenciado en la Carrera 13, entre calles 9 .....